Publicada en Gaceta Oficial Ley Orgánica de Ciencia, Tecnología e Innovación
[28/8/2005]

Desarrollar estudios especiales, formar talento de alto nivel, impulsar la incorporación selectiva de tecnología y de sistemas de información, son algunas de las contribuciones que se aspiran dar con la Ley
Por Angélica Lugo
Cámara Venezolana de Comercio Electrónico

Después de cuatro años de continuo trabajo en donde el decreto con rango y fuerza de ley orgánica de ciencia, tecnología e innovación recibió críticas y fue objetada por distintos sectores, finalmente la Ley Orgánica de Ciencia, Tecnología e Innovación fue publicada en Gaceta Oficial número 38.242 el pasado 4 de agosto.

Debido a la falta de consenso imperante en la Asamblea Nacional desde que se introdujo el decreto presidencial 1.290 con rango y fuerza de ley orgánica de ciencia, tecnología e innovación que llegó a publicarse en la Gaceta Oficial número 37.291, el Ejecutivo Nacional en conjunto con la Asamblea decidieron estudiar los aspectos inmersos en el decreto.

Críticas y objeciones sirvieron para mejorar

Ante las diversas situaciones que en la marcha se iban suscitando, la comisión encargada del decreto con rango y fuerza de ley aprovechó las circunstancias para mejorar lo que en primera instancia se ofrecía, así lo indicó Edgardo Malavé, asesor legal del Ministerio de Ciencia y Tecnología (MCT).

Malavé además de ser asesor legal del MCT, participó de manera activa en la comisión encargada del proyecto de reforma, comisión que funcionó como enlace entre el ministerio y la Comisión Permanente de Ciencia, Tecnología y Comunicación Social de la Asamblea Nacional.

El asesor legal del MCT dijo que uno de los aportes más importantes de todo el trabajo fue que se pudieron concertar las opiniones de los distintos sectores.

Puntos resaltantes

  • La Ley cuenta con 92 artículos, cinco disposiciones transitorias finales y una disposición derogatoria.
  • Se estableció un nuevo título referido al control, fiscalización e inspección de los aportes.
  • Acuerdos sustanciales relativos a los aportes que debe realizar el sector privado en materia de tecnología.
  • Se fijaron nuevos procedimientos y sanciones para aquellas empresas que no cumplan con la obligación de realizar los aportes establecidos en la Ley.
  • Con esta Ley se aspira desarrollar estudios especiales, formar talento de alto nivel, impulsar la incorporación selectiva de tecnología y de sistemas de información, así como también realizar proyectos de divulgación en materia de ciencia y tecnología.

Actividades pendientes

Edgardo Malavé aseveró que después que todo el personal que trabaja en el Ministerio de Ciencia y Tecnología esté capacitado y familiarizado con la Ley de Ciencia, Tecnología e Innovación, se procederá a realizar distintas actividades que ayuden a divulgar en los distintos sectores a nivel nacional la Ley, esto con el fin de informarle a la sociedad los alcances, beneficios y bondades inmersos en ella.